SOLICITA FOTOCOPIAS CERTIFICADAS. DEJA CONSTANCIA.-
SEÑORES JUECES:
HÉCTOR JORGE BERTONCELLO, abogado, inscripto al Tº II Fº 170 del CABB, por mi propio derecho, en la causa Nº 698/07, Orden Interno Nº 1963, caratulada “COLMAN VICENTE GUILLERMO S/ HOMICIDIO AGRAVADO POR PRECIO O PROMESA REMUNERATORIA”, ratificando el domicilio constituido en calle Lamadrid 62, oficina 2, entrepiso, a V.E. digo:
I)- Que, a fin de concretar presentaciones ante la Procuración de la SCBA y Colegio de Abogados de Bahía Blanca, solicito se expidan dos juegos de fotocopias de la audiencia de debate en relación a la Recusación del Fiscal Longo, con las declaraciones y transcripciones de los dichos de la Dra. Moirano.-
II)- Al margen de lo expuesto, dejo constancia de mi sorpresa, ante la falta de decisiones por el Tribunal por las declaraciones de la Dra. Moirano y por la gravedad de su contenido, cuando ha expresado que el Fiscal Long confeccionó el escrito por el cual la Sra. Sosnitsky revocara mi designación y la de Matías Leandro Bertoncello.-
El pasado 31 de marzo he cumplido 39 años de profesión como abogado y nunca, al menos en Democracia, he sufrido que un funcionario judicial solicitara a un cliente que cambiara de representante legal. Creo que, la gravedad del tema, no contemplado por el Tribunal, pues no se ha promovido denuncia contra la Dra. Moirano por Falso Testimonio, imponía que, de oficio, el Tribunal ordenara la investigación sobre la posible existencia del delito, conforme art. 248 del Código Penal.-
La conducta atribuida al representante del Ministerio Público ha violado, además, las normas de protección al abogado, conforme art. 56 inc. b) última parte de la ley 5177, plenamente vigente sin perjuicio de la posibilidad de existencia de delito.-
Recuerdo un precedente similar, en la investigación al Padre Grassi por Abuso Sexual reiterado, cuando a una de las víctimas se la “indujo” a renunciar al patrocinio de su abogado, con el argumento que quien lo defendía era el Fiscal. Este escándalo llegó a Casación, anulándose la audiencia realizada del art.338 del CPP y permitiendo a la víctima ofrecer prueba. Lógicamente, tuvo la ayuda de a Sra. Estela de Carlotto, Presidenta de Abuelas de Plaza de Mayo, pero el caso es similar.-
Otro precedente en relación a mi persona, ya en Democracia, lo puedo encontrar en la actuación del Ex Juez Federal Balaguer, cuando me imputó de delitos, y fue condenado en la Justicia Federal por ello, luego del Desafuero y su condena por delitos.-
Esta reflexión, me la permito atento la gravedad de las expresiones de la Dra. Moirano y la inexistente resolución del Tribunal, para al menos intentar dilucidar la cuestión, que constituye un escándalo que excede el marco de la causa en tratamiento, sino, tiene relación al respeto del ejercicio de la profesión de abogado.-
Es evidente que a más de 20 años de Democracia, hay personas que se resisten a considerar el mandato de abogado en su ejercicio, como esencial al Estado de Derecho, y no en vano tantos abogados pagaron con su vida y libertad ese precio, desde 1974 a diciembre de 1983.-
Proveer de conformidad
SERÁ JUSTICIA.-
H. J. BERTONCELLO
SEÑORES JUECES:
HÉCTOR JORGE BERTONCELLO, abogado, inscripto al Tº II Fº 170 del CABB, por mi propio derecho, en la causa Nº 698/07, Orden Interno Nº 1963, caratulada “COLMAN VICENTE GUILLERMO S/ HOMICIDIO AGRAVADO POR PRECIO O PROMESA REMUNERATORIA”, ratificando el domicilio constituido en calle Lamadrid 62, oficina 2, entrepiso, a V.E. digo:
I)- Que, a fin de concretar presentaciones ante la Procuración de la SCBA y Colegio de Abogados de Bahía Blanca, solicito se expidan dos juegos de fotocopias de la audiencia de debate en relación a la Recusación del Fiscal Longo, con las declaraciones y transcripciones de los dichos de la Dra. Moirano.-
II)- Al margen de lo expuesto, dejo constancia de mi sorpresa, ante la falta de decisiones por el Tribunal por las declaraciones de la Dra. Moirano y por la gravedad de su contenido, cuando ha expresado que el Fiscal Long confeccionó el escrito por el cual la Sra. Sosnitsky revocara mi designación y la de Matías Leandro Bertoncello.-
El pasado 31 de marzo he cumplido 39 años de profesión como abogado y nunca, al menos en Democracia, he sufrido que un funcionario judicial solicitara a un cliente que cambiara de representante legal. Creo que, la gravedad del tema, no contemplado por el Tribunal, pues no se ha promovido denuncia contra la Dra. Moirano por Falso Testimonio, imponía que, de oficio, el Tribunal ordenara la investigación sobre la posible existencia del delito, conforme art. 248 del Código Penal.-
La conducta atribuida al representante del Ministerio Público ha violado, además, las normas de protección al abogado, conforme art. 56 inc. b) última parte de la ley 5177, plenamente vigente sin perjuicio de la posibilidad de existencia de delito.-
Recuerdo un precedente similar, en la investigación al Padre Grassi por Abuso Sexual reiterado, cuando a una de las víctimas se la “indujo” a renunciar al patrocinio de su abogado, con el argumento que quien lo defendía era el Fiscal. Este escándalo llegó a Casación, anulándose la audiencia realizada del art.338 del CPP y permitiendo a la víctima ofrecer prueba. Lógicamente, tuvo la ayuda de a Sra. Estela de Carlotto, Presidenta de Abuelas de Plaza de Mayo, pero el caso es similar.-
Otro precedente en relación a mi persona, ya en Democracia, lo puedo encontrar en la actuación del Ex Juez Federal Balaguer, cuando me imputó de delitos, y fue condenado en la Justicia Federal por ello, luego del Desafuero y su condena por delitos.-
Esta reflexión, me la permito atento la gravedad de las expresiones de la Dra. Moirano y la inexistente resolución del Tribunal, para al menos intentar dilucidar la cuestión, que constituye un escándalo que excede el marco de la causa en tratamiento, sino, tiene relación al respeto del ejercicio de la profesión de abogado.-
Es evidente que a más de 20 años de Democracia, hay personas que se resisten a considerar el mandato de abogado en su ejercicio, como esencial al Estado de Derecho, y no en vano tantos abogados pagaron con su vida y libertad ese precio, desde 1974 a diciembre de 1983.-
Proveer de conformidad
SERÁ JUSTICIA.-
H. J. BERTONCELLO
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