sábado, 2 de febrero de 2008

BOVINO SOLICITA DECLARACIÓN TESTIFICAL DE LONG

CONTRA LA SRA. LAURA GLASMAN Y EL SR. EDUARDO GLASMAN


  • SOLICITA COPIAS CERTIFICADAS

Sr. Fiscal Guillermo PETERSEN:

Alberto BOVINO, abogado, tº XXX, fº 436, del Colegio de Abogados de San Isidro, IVA exento, CUIT 20-13188055-4; en la IPP 135778, que tramita ante esta Fiscalía, constituyo domicilio procesal en la calle Viamonte 21, y al Sr. Fiscal digo:

He tomado conocimiento de que en el marco de esta investigación, iniciada por denuncia de Christian LONG en el mes de octubre de 2007 por una presunta amenaza que habría tenido lugar en marzo de 2006, el tardío denunciante ha prestado declaración testifical bajo juramento de decir verdad a mediados de diciembre de 2007.

Que luego de declarar sobre el hecho objeto de esa investigación, esto es, el envío anónimo de una bala Luger 9 mm dentro de un sobre con una esquela cuyo contenido desconocemos, declaró bajo juramento sobre un hecho ajeno al objeto de este proceso que originó la denuncia penal que presentáramos ante el Sr. Presidente del Jurado de Enjuiciamiento de la Provincia de Buenos Aires.

En esa oportunidad denunciamos a LONG por su omisión de denuncia de delito de acción pública, ya que de sus propias declaraciones, según fueron publicadas al menos en dos medios de prensa, un grupo de abogados habría cometido en su contra el delito de amenazas.
Independientemente de cómo se le ocurra calificar los hechos que omitió denunciar, lo cierto es que se nos ha informado que él ha vinculado estas amenazas o “advertencias mafiosas” con medidas que señala que se cumplieron como profecías luego de realizados los allanamientos a la Asociación Médica. Entre las medidas que menciona, se enumeran la denuncia penal, una presentación ante el Colegio de Abogados de San Isidro, y una “denuncia” ante el CENTRO DE ESTUDIOS LEGALES Y SOCIALES (CELS). También se menciona una presentación ante la Procuradora General.

Las tres primeras medidas fueron solicitadas o presentadas por mi persona, mientras que la cuarta medida mencionada fue presentada por la Dra. Nidia MOIRANO. Ambos representamos sucesivamente a los Sres. Laura y Eduardo GLASMAN.

Es decir que las mencionadas medidas fueron descriptas como si fueran represalias tomadas por distintos abogados de la matrícula por la actuación de LONG en la investigación del homicidio de Felipe GLASMAN, y manifestó que de esta manera se confirmaban las advertencias recibidas previamente.

Ello significa que LONG vinculó las medidas tomadas por los apoderados de los hermanos Laura y Eduardo GLASMAN, en carácter de represalias por haber omtido obedecer con lo que surge de lo que, según sus dichos, fueron “advertencias mafiosas”. Por este motivo, necesito conocer con exactitud el contenido de estas declaraciones que me involucran en un grave hecho ilícito.

Por tener un interés legítimo en esta investigación es que solicito que se me extiendan copias certificadas de la declaración prestada por el Fiscal Christian LONG el día 14 de diciembre de 2007.

Proveer de conformidad,
que es derecho.


Alberto BOVINO

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