OTRO DE LOS “GRANDES TRIUNFOS” DEL FISCAL CHRISTIAN LONG
En una nuevo episodio de la actuación telenovelesca del fiscal LONG, luego de más de cinco años, se llevó a cabo el juicio por el homicidio de la joven Daiana MÉNDEZ, ocurrido en noviembre de 2003. El fiscal LONG, que fue quien condujo la pesquisa, con su peculiar estilo de investigación, logró garantizar la impunidad del responsable del asesinato. Tal como sucedió en el caso MARGIOTTA.
En una nota de La Brújula digital se puede leer:
En una nota de La Brújula digital se puede leer:
LOS FUNDAMENTOS DEL TRIBUNAL PARA ABSOLVER AL ACUSADO DE ASESINAR A DAIANA MÉNDEZ
Los jueces Claudia Cecilia Fortunatti, María Eloísa Errea de Watkins y Guillermo Mercuri, integrantes del tribunal oral criminal n°2 de nuestra ciudad, resolvieron absolver de culpa y cargo a Erwin Fernández Valenzuela por entender que no existían elementos suficientes para su condena por el homicidio de Daiana Méndez.
…
Más adelante los magistrados afirman que "entrando al análisis pormenorizado de la prueba producida a lo largo del presente proceso, me permitiré discrepar con el titular de la vindicta pública, para la suscripta no superan la categoría de meras hipótesis".
Y continúan "ningún testimonio oído en la sala de debates pudo situar a la joven en una casa ubicada en el sector sureste de la ciudad, al momento de producirse su muerte, tal como lo sostiene la acusación en su alegato final".
"El Sr. Agente Fiscal basa la acreditación de tal extremo fáctico en los dichos brindados por el testigo de identidad reservada nro. 8, en cuanto a que presenció una discusión entre el hoy imputado, la joven Carina Gómez, y la víctima, en el domicilio'la Chancha Álvarez' sito en calle Thompson atrás del mercado".
"Pero dicha afirmación se encuentra huérfana de corroboración alguna, pues todas las personas que dicho testigo nombró como presentes en el lugar, desmintieron sus dichos" prosiguen los miembros del tribunal.
"Todo lo expuesto da por tierra la argumentación sostenida por el Agente Fiscal, en cuando a que el homicidio de Daiana se produjo en el curso de esa reunión" continúan.
Y además, señalan que "en segundo lugar, tampoco se haya acreditado que con posterioridad a provocarle la muerte, el cuerpo de la joven haya sido trasladado al descampado sito a la vera de las vías del ferrocarril paralelas a la calle Thompson y a la altura de la calle Méjico de Bahía Blanca, donde fuera hallado el día 7 de diciembre de 2003".
…
"Por su parte —mencionan los jueces— el señor Defensor de confianza del procesado se limitó a señalar que no hay una sola prueba en contra de su defendido. Afirmó que se habló de la noche, de las drogas, de la relación de Daiana con la drogas y con sus primas, pero nada de ello relaciona a su pupilo con el hecho".
Y agregan que "con respecto al testigo W. afirma que le hicieron repetir una historieta que ni siquiera pudo sostener en el debate, contraponiéndose con lo que afirmó en la etapa investigativa. Que no existe nada en contra del imputado, solicitando la absolución de su pupilo".
…
Finalmente, los jueces Fortunatti, Watkins y Mércuri, afirman que como "no existen elementos probatorios suficientes para tener como legalmente acreditada la participación del procesado Erwin Hardy Fernández Valenzuela en el hecho por el que viene acusado, por lo cual, se absuelve libremente de culpa y cargo al procesado antes nombrado como autor en el delito de homicidio que se le imputa" .
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Más adelante los magistrados afirman que "entrando al análisis pormenorizado de la prueba producida a lo largo del presente proceso, me permitiré discrepar con el titular de la vindicta pública, para la suscripta no superan la categoría de meras hipótesis".
Y continúan "ningún testimonio oído en la sala de debates pudo situar a la joven en una casa ubicada en el sector sureste de la ciudad, al momento de producirse su muerte, tal como lo sostiene la acusación en su alegato final".
"El Sr. Agente Fiscal basa la acreditación de tal extremo fáctico en los dichos brindados por el testigo de identidad reservada nro. 8, en cuanto a que presenció una discusión entre el hoy imputado, la joven Carina Gómez, y la víctima, en el domicilio'la Chancha Álvarez' sito en calle Thompson atrás del mercado".
"Pero dicha afirmación se encuentra huérfana de corroboración alguna, pues todas las personas que dicho testigo nombró como presentes en el lugar, desmintieron sus dichos" prosiguen los miembros del tribunal.
"Todo lo expuesto da por tierra la argumentación sostenida por el Agente Fiscal, en cuando a que el homicidio de Daiana se produjo en el curso de esa reunión" continúan.
Y además, señalan que "en segundo lugar, tampoco se haya acreditado que con posterioridad a provocarle la muerte, el cuerpo de la joven haya sido trasladado al descampado sito a la vera de las vías del ferrocarril paralelas a la calle Thompson y a la altura de la calle Méjico de Bahía Blanca, donde fuera hallado el día 7 de diciembre de 2003".
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"Por su parte —mencionan los jueces— el señor Defensor de confianza del procesado se limitó a señalar que no hay una sola prueba en contra de su defendido. Afirmó que se habló de la noche, de las drogas, de la relación de Daiana con la drogas y con sus primas, pero nada de ello relaciona a su pupilo con el hecho".
Y agregan que "con respecto al testigo W. afirma que le hicieron repetir una historieta que ni siquiera pudo sostener en el debate, contraponiéndose con lo que afirmó en la etapa investigativa. Que no existe nada en contra del imputado, solicitando la absolución de su pupilo".
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Finalmente, los jueces Fortunatti, Watkins y Mércuri, afirman que como "no existen elementos probatorios suficientes para tener como legalmente acreditada la participación del procesado Erwin Hardy Fernández Valenzuela en el hecho por el que viene acusado, por lo cual, se absuelve libremente de culpa y cargo al procesado antes nombrado como autor en el delito de homicidio que se le imputa" .
El problema no termina allí. No conforme con MARGIOTTA y el asesinato del Dr. Felipe GLASMAN, LONG también mostró su falta de idoneidad y su desprecio por la ley sometiendo a persecución penal a una persona inocente o, al menos, a una persona respecto de la cual carecía de todo elemento de convicción para detenerla durante dos años anticipándole la imposición de una pena privativa de libertad que no fue capaz de demostrar que el Sr. Erwin FERNÁNDEZ VALENZUELA merecía sufrir. En este sentido, se puede leer en La Brújula digital:
OTRO CRIMEN IMPUNE: ABSOLVIERON AL ÚNICO ACUSADO DE MATAR A LA JOVEN DAIANA MÉNDEZ
Los jueces Claudia Fortunatti, María Eloísa Errea de Watkins y Guillermo Mércuri absolvieron a Erwin Fernández Valenzuela, quien era el único acusado de matar a la joven Daiana Méndez en noviembre del 2003.
Los magistrados entendieron que las pruebas y testimonios aportados durante le debate oral no eran suficientes para acreditar la autoría del acusado.
Así, tras pasar más de dos años en prisión Erwin Fernández Valenzuela recuperará la libertad, ya que además es de preveer que ningunas de las partes – ni el Fiscal ni el particular damnificado -, apelé la decisión judicial.
Al termino de la lectura de la sentencia la madre de la víctima dijo a los medios que en el fondo de su corazón siempre supo que éste hombre no era el culpable.
Cecilia Cofré anunció que seguirá buscando justicia: “Voy a ir por el asesino, lo voy a buscar y Dios me va a ayudar”.
La mujer indicó además que unirá sus esfuerzos con los de Julio Moretti - padre de Luciana, otra joven asesinada en la ciudad -, ya que ambas frecuentaban el mismo local bailable.
Ambos padres creen que el asesino de sus hijas tiene que ver con el entorno del boliche y la gente con la que allí se encontraban las chicas.
“Acá se investigó mal, lo siento en mi corazón", dijo la mujer al tiempo que criticó al fiscal Long de quien dijo que "investigó mal y luego no dio la cara".
"Igual estoy tranquila, porque tampoco quería que por el homicidio de mi hija pagara alguien inocente", finalizó la mamá de Daiana, cuyo crimen sigue impune.
Los magistrados entendieron que las pruebas y testimonios aportados durante le debate oral no eran suficientes para acreditar la autoría del acusado.
Así, tras pasar más de dos años en prisión Erwin Fernández Valenzuela recuperará la libertad, ya que además es de preveer que ningunas de las partes – ni el Fiscal ni el particular damnificado -, apelé la decisión judicial.
Al termino de la lectura de la sentencia la madre de la víctima dijo a los medios que en el fondo de su corazón siempre supo que éste hombre no era el culpable.
Cecilia Cofré anunció que seguirá buscando justicia: “Voy a ir por el asesino, lo voy a buscar y Dios me va a ayudar”.
La mujer indicó además que unirá sus esfuerzos con los de Julio Moretti - padre de Luciana, otra joven asesinada en la ciudad -, ya que ambas frecuentaban el mismo local bailable.
Ambos padres creen que el asesino de sus hijas tiene que ver con el entorno del boliche y la gente con la que allí se encontraban las chicas.
“Acá se investigó mal, lo siento en mi corazón", dijo la mujer al tiempo que criticó al fiscal Long de quien dijo que "investigó mal y luego no dio la cara".
"Igual estoy tranquila, porque tampoco quería que por el homicidio de mi hija pagara alguien inocente", finalizó la mamá de Daiana, cuyo crimen sigue impune.
La nota escrita contiene, además, dos entrevistas en video. En la entrevista al Sr. Erwin FERNÁNDEZ VALENZUELA , éste dijo:
EFV: “Yo pienso que todo esto fue armado por la Fiscalía, por la Policía, y… por ello, por ellos… ellos fueron los que hicieron todo esto”.
P: “¿Los culpables tienen nombre y apellido?”
EFV: “No sé si los culpables, hoy por hoy… Pero los que armaron la causa se llaman Long y la Policía…”.
P: “¿Los culpables tienen nombre y apellido?”
EFV: “No sé si los culpables, hoy por hoy… Pero los que armaron la causa se llaman Long y la Policía…”.
La madre de Daiana, Cecilia COFRÉ , por su parte, dijo a la prensa:
CC: “Yo ví que los testigos que declararon durante todos estos días del juicio mentían mucho, hubieron cosas que no son ciertas…
CC: “Yo creo que él no fue”
P: “¿Usted cree que no se investigó lo suficiente?”.
CC: “No, no. Esa hipótesis, porque cuando el fiscal agarró la causa, bueno, se inclinó por esta banda de los chilenos, como él la nombró, y, bueno, se inclinó hacia una parte de mi familia, que también sentí en un principio que no tenía nada que ver, porque más allá de que ellos tienen antecedentes, nunca pensé que podrían llegar a tanto…”.
P: “¿Se hicieron mal las cosas entonces, hubo…?”.
CC: “Sí, se trabajó muy mal, lo único que lamento yo de todo esto es que éste es un caso más impune, no se ha hecho justicia, que el fiscal Long trabajo mal, y no dio la cara cuando tendría que haber estado hoy, él, acá también…”.
CC: “… Yo quiero que pague el que fue, no que por conformarme a mí como madre agarren a cualquier persona porque tiene antecedentes y lo acusen de cosas que no hizo, ¿no?” (destacado en negrita agregado).
CC: “Yo creo que él no fue”
P: “¿Usted cree que no se investigó lo suficiente?”.
CC: “No, no. Esa hipótesis, porque cuando el fiscal agarró la causa, bueno, se inclinó por esta banda de los chilenos, como él la nombró, y, bueno, se inclinó hacia una parte de mi familia, que también sentí en un principio que no tenía nada que ver, porque más allá de que ellos tienen antecedentes, nunca pensé que podrían llegar a tanto…”.
P: “¿Se hicieron mal las cosas entonces, hubo…?”.
CC: “Sí, se trabajó muy mal, lo único que lamento yo de todo esto es que éste es un caso más impune, no se ha hecho justicia, que el fiscal Long trabajo mal, y no dio la cara cuando tendría que haber estado hoy, él, acá también…”.
CC: “… Yo quiero que pague el que fue, no que por conformarme a mí como madre agarren a cualquier persona porque tiene antecedentes y lo acusen de cosas que no hizo, ¿no?” (destacado en negrita agregado).
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